La cuantía de la multa se basó en el número total de empleados de la empresa, que excede los mil.

Lima – Perú.- El Tribunal de Fiscalización Laboral de Sunafil sancionó a BRITISH AMERICAN HOSPITAL S.A. (Clínica Anglo Americana) con una multa de S/ 283,500 por discriminar a una persona viviendo con VIH (PVVS) que aspiraba a un puesto laboral como camillero.

Este caso surgió después de que el candidato, postulante al puesto de camillero, superara una fase inicial del proceso de selección y recibiera un mensaje de bienvenida.

El caso
Sunafil sancionó a la Clínica Anglo Américana por discriminación contra un postulante con VIH. El candidato, que se postuló para el puesto de camillero, superó las primeras etapas de selección y recibió un correo de bienvenida.

Sin embargo, tras un examen médico que reveló que vivía con la condición crónica del VIH, la clínica detuvo el proceso de contratación.

El Tribunal determinó que la empresa había violado las leyes contra la discriminación en el acceso al empleo, imponiendo una multa basada en el tamaño de la empresa, que supera los mil trabajadores.

Respuesta de la clínica

La empresa del sector salud, en su defensa, argumentó en su adherencia a las normativas legales y en sus políticas de salud y seguridad en el trabajo. Aseguraron que el examen de VIH, así como otros procedimientos aplicados durante el proceso de selección, eran estándares y se alineaban con los requisitos legales aplicables a su sector.

Esta postura se basó en la premisa de que tales prácticas eran necesarias para garantizar un ambiente de trabajo seguro tanto para el personal como para los pacientes.

Subrayaron que su enfoque se basaba en criterios objetivos relacionados con las exigencias del puesto de trabajo, y no en la condición de salud del individuo.

Argumentaron que la decisión de no proceder con la contratación se basó en consideraciones objetivas, y no en el estado de VIH del postulante, enfatizando la importancia de mantener un alto estándar de salud y seguridad en su campo de trabajo.

A pesar de que BRITISH AMERICAN HOSPITAL S.A. presentó un recurso de revisión en 2022, este fue considerado infundado por SUNAFIL, el Tribunal de Fiscalización Laboral determinó que hubo una infracción muy grave en materia de relaciones laborales, pues contrario al argumento de la clínica, no existía un riesgo real de transmisión. 

SUNAFIL también destacó que está comprobado que los tratamientos antirretrovirales cumplen su función, en razón de que es posible que una persona que vive con el virus del VIH, mantenga una carga viral baja o indetectable, lo cual evidencia que el tratamiento es la mejor prevención de la transmisión.

Ley que ampara laboralmente a las personas viviendo con VIH 

El artículo 1 de la Ley N° 26772 y modificatorias, establece que “La oferta de empleo y el acceso a centros de formación educativa no podrán contener requisitos que constituyan discriminación, anulación o alteración de la igualdad de oportunidades o de trato”. Asimismo, el artículo 2 de la citada norma refiere que se entiende por discriminación, la anulación o alteración de la igualdad de oportunidades o de trato, en los requerimientos de personal, a los requisitos para acceder a centro de educación, formación técnica y profesional, que impliquen un trato diferenciado basado en motivos de raza, sexo, religión, opinión, origen social, condición económica, estado civil, edad o de cualquier índole (énfasis añadido).

Ley N° 26626, “Ley contrasida”, señala en el artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 376-2008-TR, el cual establece que “La prueba de diagnóstico de VIH no debe ser requerida como condición para iniciar o mantener una relación laboral, educativa o social.

Fuente: LPDerecho.pe

 

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