spot_imgspot_img

Covid-19:fabricación e importación de medicamentos tendrá vigencia solo durante emergencia

Digemid hace precisión sobre autorizaciones excepcionales

Fuente: Agencia Andina

Lima, Perú.-Las autorizaciones excepcionales brindadas en el marco de la emergencia sanitaria declarada a nivel nacional para la fabricación, importación y uso de productos farmacéuticos y dispositivos médicos, solo estarán vigentes hasta la culminación de la mencionada declaratoria, aclaró la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid) del Ministerio de Salud (Minsa).

Finalizada la emergencia sanitaria declarada, dichas autorizaciones quedarán sin efecto, por lo que las droguerías y laboratorios farmacéuticos del sector público y privado, de considerar su necesidad, pueden iniciar el trámite para la obtención del respectivo registro sanitario, conforme a los dispuesto en la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios y sus reglamentos.

La Digemid detalló que el trámite para solicitar el registro sanitario, ya se puede realizar, es decir, previamente a la culminación la emergencia sanitaria declarada.

Los requisitos y plazos previstos se encuentran establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Salud. Así se informó a través del Comunicado N° 24-2020-DIGEMID y que se detalla en el siguiente link.

Las autorizaciones excepcionales se vienen otorgando tras la declaratoria de la Emergencia Sanitaria nacional declarada mediante el Decreto Supremo N° 008-2020-SA y sus respectivas prórrogas.

Comentarios

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

This site uses Akismet to reduce spam. Learn how your comment data is processed.

spot_imgspot_img

Noticias relacionadas

spot_img

Síguenos:

8,451FansMe gusta
5,994SeguidoresSeguir
0SeguidoresSeguir
1,373SeguidoresSeguir
1,907SeguidoresSeguir
1,069SuscriptoresSuscribirte

Noticias del día