FOTOS DE LA FACHADA DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO EN EL CENTRO DE LIMA.

De ser aprobados por el Congreso, vaciarían de contenido lo dispuesto en el artículo 65 de la Constitución.

Lima, Perú.- Frente a los proyectos de ley que buscan modificar el sistema de advertencias publicitarias en el rotulado de alimentos procesados y bebidas no alcohólicas establecido en la Ley N° 30021, la Defensoría del Pueblo manifiesta su total desacuerdo con estas iniciativas y solicita al Congreso de la República su archivamiento, por contravenir los derechos a la salud y a la información de las personas.

Debemos recordar que el artículo 65 de la Constitución constituye la piedra angular del sistema de protección de las personas en el mercado, ya que garantiza los derechos a la información, a la idoneidad de los productos, a la libertad de elección, entre otros mandatos que se reflejan en un deber especial de protección del Estado a la persona para garantizar una tutela efectiva de sus derechos.
En consonancia con lo anterior, el Código de Protección y Defensa del Consumidor, de conformidad con el mandato constitucional, ha establecido un conjunto de principios, como
los de protección mínima y transparencia, que no pueden ser desconocidos por ninguna iniciativa legislativa.
Asimismo, el Código reconoce el derecho de todas las personas a acceder a información oportuna, suficiente, veraz y fácilmente accesible, en especial para los niños, niñas y adolescentes, en tanto constituyen uno de los grupos más vulnerables. En este sentido, la información del etiquetado de los alimentos procesados y bebidas no alcohólicas debe ser
comprendida sin necesidad de realizar operaciones matemáticas o recurrir a información complementaria.

Los referidos proyectos de ley proponen una fórmula de compleja compresión que hace inviable la materialización del derecho a la información e implican un desconocimiento del mandato contenido en el artículo 65 de la Constitución. En consecuencia, tales proyectos atentan contra el derecho de las personas a realizar un consumo adecuadamente informado, perjudicando la salud, que también es un derecho fundamental que se vería afectado.

Foto: Conexión Vida

Por ello, la Defensoría del Pueblo está convencida que el sistema octogonal es el modelo que mejor garantiza los derechos constitucionales, por ser visualmente más directo y contribuir de mejor manera a que las personas tomen decisiones de consumo informadas.

Lo expresado coincide con la propuesta del Ministerio de Salud, respaldada por la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la comunidad científica.

Por su parte, la población demanda tener información adecuada sobre los productos que consume. Muestra de ello es que una reciente encuesta de la empresa Datum reveló que el 97% de los peruanos está de acuerdo con que las etiquetas de los productos alimenticios muestren una alerta que indique el nivel de sal, grasas o azúcares que contienen.

Cabe señalar que el Estado ha sido excesivamente moroso en el cumplimiento de la Ley N° 30021, lo que ha supuesto un aplazamiento injustificado del efectivo ejercicio del derecho a la información de los ciudadanos, impidiéndoles conocer adecuadamente si los productos que consumen tienen alto contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas o la presencia de grasas trans.

Finalmente, no se puede dejar de mencionar que es vinculante para el Estado respetar y proteger el derecho a la salud de los niños, niñas y adolescentes, tal como señala el artículo 24 de la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptando medidas para que puedan gozar de una alimentación saludable y, de este modo, combatir la desnutrición, la obesidad infantil y enfermedades crónicas no transmisibles como la diabetes.

Dada la importancia de lo expresado y la relevancia que tiene el respeto de los derechos de las personas, la Defensoría del Pueblo considera que la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos del Congreso debe archivar los proyectos de ley en lo referido a la modificación del mecanismo de etiquetado de alimentos procesados y bebidas no alcohólicas y acoja el sistema octogonal de advertencias publicitarias

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