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Mendoza, Argentina.- La provincia sigue con gran expectación el primer juicio por transmisión de VIH en una pareja. Se trata de una denuncia que efectuó una mujer de 35 años contra su ex pareja, un artista plástico de 43 que está acusado transmitir el virus de manera intencional en 2012. Por este caso, el hombre se sentará en el banquillo y enfrenta una pena de hasta 10 años de cárcel, bajo la figura de “lesiones graves”. El caso sentará precedente en Mendoza. Sólo hubo en todo el país una demanda similar en Santa Fe.

Las dos posturas han quedado explicitadas y dadas a conocer públicamente, ambas con apoyos de diversas entidades y con la atención de organismos internacionales por la posible “estigmatización” y futuros “rechazos a la hora de realizarse el diagnóstico” para evitar ser penalizado.

El caso fue revelado por el diario local El Sol y ambos protagonistas, que mantuvieron una relación durante casi dos años -según él, no era estable-, dieron su visión de lo que ocurrió. Lo que hasta ahora sí ha quedado en claro es que el acusado jamás le avisó a la mujer que era portador de la enfermedad. La mujer afectada afirma que el hombre la manipulaba para evitar usar protección durante el acto sexual y el artista sostiene que no tuvo intención de infectarla.

“No me preocupaba lo que él hacía con su cuerpo, sino que decidió sobre el mío, siendo consciente de los daños que me estaba causando. Fui engañada, humillada, violada, traicionada, al darme cuenta de que todo el tiempo ejerció violencia con impunidad, logrando perjudicar mi integridad física”, relató la mujer.

El acusado argumentó: “Estaba bloqueado. Cuando te dicen que estás enfermo hay algo que te nubla la mente, te cambia el pensamiento y te cuesta seguir. Todos tenemos que ser responsables de nuestros cuerpos. Nunca tuve la intención de infectarla, no fue a propósito. A todas las parejas con las que estuve les avisé”.

En diálogo con el diario La Nación, Julia Morcos, de la agrupación feminista La Colectiva Mendoza, explicó que han dado su apoyo a la denunciante y solicitó que se realicen cambios a la legislación sobre el sida en la Argentina, porque “no se tienen en cuenta la desigualdad, discriminación y violencia que padecen las mujeres”.

Morcos explicó que entre la ley nacional de violencia contra la mujer (26.485) y la ley argentina sobre sida (23.798 y decreto reglamentario N°1.244/91) existe un vacío importante sobre violencia de género y transmisión intencional.

Patricia Ibáñez, portadora del virus y referente en Mendoza de la Red Argentina de Personas con VIH (Redar), indicó que rechaza la “criminalización por VIH” y espera que el juicio no prospere.

“La penalización por transmisión va a repercutir negativamente en la sociedad, generando estigmatización y discriminación, haciendo más vulnerables a las mujeres, que generalmente somos las primeras que nos enteramos del diagnóstico. Si condenan a este hombre todas las personas con VIH corremos el riesgo de ser enjuiciadas”, señaló Ibáñez.

Ibáñez advirtió: “Cuando uno presta consentimiento para tener una relación sexual sin preservativo debe hacerse cargo de las consecuencias que puede traer tal acto, desde un embarazo no deseado o de la transmisión de cualquier ITS. Si bien es un tema muy delicado, creo que es un capítulo aparte el tipo de relación y confianza que uno construye con su pareja. Cada quien es responsable de cuidar su cuerpo”.

Luego de varias postergaciones, por contratiempos en los tribunales y demoras del acusado en presentarse en el arranque del debate la semana pasada, la Primera Cámara del Crimen confirmó que dará inicio hoy. La difusión que ha tenido el caso generó una gran repercusión en las redes sociales.

El hombre, oriundo del departamento de Las Heras y padre de seis hijos, es artista plástico y posee antecedentes penales menores, como hurtos. La enfermedad la contrajo en 2010 y tenía una pareja estable a la que sí le comunicó su afección, pero con el paso del tiempo sostiene que todo su entorno social “se borró” y que entró en depresión.

La relación con la denunciante comenzó en 2011 y antes de que la pareja llegara a su fin la mujer comenzó a sentirse mal, por lo que se realizó chequeos y análisis, que determinaron el contagio. Según los estudios médicos, la época en que la mujer se infectó coincide con el período de relación con el acusado, quien finalmente admitió que era portador del virus.

La mujer afectada decidió dar por terminado el vínculo, lo que le valió, según cuenta, un hostigamiento constante, por lo que solicitó una prohibición de acercamiento. Luego decidió llevar el caso a los tribunales, donde el debate se realizará a puertas cerradas.

Según los especialistas, como el episodio del diagnóstico positivo, sucedió antes de diciembre de 2012, el agravante de relación de pareja dispuesto en la modificación del artículo 80 del Código Penal no puede ser tenido en cuenta. El acusado deberá responder por el cargo de lesiones graves, que estipula una pena máxima de 10 años de cárcel.

El primer juicio del país de estas características se realizó en Rosario, Santa Fe, en mayo de 2003. Terminó con una condena de tres años de cárcel en suspenso para el sentenciado por “lesiones gravísimas”.

Diario La Razón/ Foto: Internet  

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