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Minsa advierte no consumir 2 bebidas alcohólicas de Punto D Oro por presencia de metanol

Este Ministerio invocó a la población a reportar las tiendas y lugares donde se expenden estas bebidas. Al 13 de octubre, se notificaron 117 casos en 9 hospitales de Lima Metropolitana.

Lima – Perú.- Tras la emisión de una alerta epidemiológica por los frecuentes casos de intoxicación y muertes por consumo de metanol, el Ministerio de Salud (Minsa) ha publicado un nuevo comunicado en el que advierte a la población acerca de la presencia de alcohol metílico en dos bebidas de la marca Punto D Oro.

Se pudo demostrar ello luego de que el Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público realizara los ensayos correspondientes en dichos productos.

Minsa: ¿qué productos no se deben consumir de Punto D oro?
De acuerdo con el documento, se trata de bebidas que expiran entre agosto y setiembre del 2025 y cuyos sabores son:

“La Digesa advierte a la ciudadanía no adquirir o consumir los productos listados, con el objetivo de prevenir graves daños a la salud de las personas que las ingieren”, se lee.

Medidas
De esta manera, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (Digesa) junto con el Minsa invocaron a la población a reportar a las autoridades los establecimientos donde se está comercializando Punto D Oro. Para ello solo se debe enviar un correo electrónico a la siguiente dirección: digesaconsul@minsa.gob.pe.

Asimismo, estas entidades exhortaron a los fabricantes, importadores y comercializadores de bebidas alcohólicas no elaborar sus productos con metanol.

Por otro lado, también se solicitó a las Geresa, Diresa y Diris que fortalezcan sus acciones de vigilancia sanitaria de la mano de los gobiernos locales para hacer efectivo el retiro de las mercaderías señaladas en los distintos puntos de venta a nivel nacional, cumpliendo lo establecido en el literal “d » del artículo 42 del Reglamento de la Ley n.º 29632 – Ley para Erradicar la Elaboración y Comercialización de Bebidas Alcohólicas Informales, Adulteradas o No Aptas para el Consumo Humano, aprobado por Decreto Supremo n° 005-2013-PRODUCE.

Fuente: La República

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