Colectivos LGTBI+ denuncian que el Poder Judicial obstaculizó el acceso a la justicia al no ser considerados como población vulnerable en las Resoluciones  Administrativas N°002 – 2020 – CE – PJ  y N° 011 – 2020 – CE – PJ del Consejo Ejecutivo.

Lima, Perú.- Ambas resoluciones aprueban la incorporación del marco normativo del Poder Judicial a la actualización de las “100 reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad”, pero las autoridades del PJ aclaran que no considerarán las reglas N° 3 y N° 4  “en el  extremo que constituye como causa de vulnerabilidad la orientación sexual e identidad de género”. Cuando las 100 reglas, aprobadas en la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana del 2008 y actualizadas en 2018, buscan garantizar las condiciones de acceso a la justicia sin discriminación alguna.

“Esta excepción se sustenta en la valoración de la orientación sexual como una condición “anormal” motivada por factores psicológicos o sociales, así como en la idea de que las únicas relaciones aceptadas son las relaciones heterosexuales. Rechazamos estas afirmaciones discriminatorias y recordamos que la OMS desestimó hace ya 30 años la patologización mental de homosexualidad”, indica el comunicado de la campaña Justicia Arcoiris al referirse al voto singular del integrante del Consejo Ejecutivo,  Javier Arévalo Vela, juez supremo titular.

Además, la Asociación Civil Más Igualdad Perú observó que el Poder Judicial ratifica en excluir a las mujeres trans en el delito de feminicidio, fijado en el Acuerdo Plenario del 2016. “Esto va en contra de un mandato internacional que se dio en abril de este año con el Caso Azul. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) encontró responsable a Perú (por tortura y violación). Esta sentencia genera también modificaciones en la estructura de un país que debe implementar políticas de investigación y administración para casos LGTBI”, manifestó la abogada de  la asociación, Karen Anaya Cortez.

En ese sentido, Anaya considera que los integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Javier Arévalo Vela, Héctor Lama More, Gustavo Álvarez Trujillo, Mercedes Pareja Centeno y Manuel Castillo Venegas puedan incurrir en responsabilidad funcional.

Azul Rojas Marín (Caso Azul) denunció que fue llevada el 25 de febrero del 2008 a la  comisaría Casa Grande (Trujillo) donde la torturaron  y violaron. Denunció el mismo día, pero no fue aceptada hasta que recurrió a los medios de comunicación y asociaciones. Es el primer caso por discriminación a una persona LGBTI que llegó a la CIDH y es considerada histórica al llegar a sentencia después de 12 años.

En tanto, Gabriela Oporto, abogada de la organización de derechos sexuales y reproductivos (Promsex) calificó de “peligroso” el documento publicado. “Tiene un mensaje muy fuerte a la población LGTBI, un mensaje de exclusión y desconocimiento del total de la realidad. Manda un mensaje a los jueces de primera y segunda instancia y puede ayudar a reforzar estereotipos  que existen dentro de la administración de la justicia”.

La Defensoría del Pueblo exhortó al Poder Judicial a reconsiderar la decisión asumida y dejar sin efecto las mencionadas resoluciones porque “agrava la situación de discriminación”, “desacata las sentencias del Tribunal Constitucional que reconocen el derecho a la identidad de género y la prohibición de discriminación por orientación sexual”  y “desvincula, inclusive, de las medidas y políticas internas de la institución que buscan brindar protección a estos grupos vulnerables”.

Cifras de Horror

De los 20 crímenes de odio cometidos en 2019, 14 se perpetraron contra gays, cuatro contra mujeres trans y dos contra lesbianas según el Informe Anual del Observatorio de Derechos Humanos LGBTI 2019.

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