Transnacional exigiría a sus trabajadores a someterse a pruebas de VIH y revelar su diagnóstico para hacer servicio delivery en el país, pese a que estas acciones van en contra de lo dispuesto en la Ley Contrasida.

Escribe: Renato Arana Conde

Lima, Perú.- Una empresa de telefonía móvil, que opera en nuestro país, es acusada de discriminar a personas con VIH, y atentar contra la confidencialidad de sus diagnósticos de salud, dentro de sus protocolos sanitarios por la pandemia del Covid-19.

Pantallazo de la página oficial de Entel Perú
Pantallazo de la página oficial de Entel Perú

Resulta que, como parte de sus medidas preventivas a su personal de transporte para el servicio delivery de productos, la transnacional excluye de su lista de colaboradores a aquellos que consideran con alto riesgo ante el Covid-19: personas con VIH, diabetes, cáncer, enfermedades cardiovasculares, mujeres embarazadas y personas mayores de 60 años.

Recordemos que, para excluir a sus trabajadores que pudieran vivir con VIH, dicha empresa, en primer lugar, tuvo que ordenarles someterse a pruebas de descarte. Esto no está permitido.

Veámos por qué.

La ley 26626, también conocida como Ley Contrasida, indica que “no se debe exigir ninguna prueba de diagnóstico de VIH como requisito para permanecer o acceder a un centro de trabajo”, lo cual es una clara muestra de discriminación en el caso del protocolo sanitario de esta empresa.

Además, la ley deja claro, en el artículo 5, que “los resultados de las pruebas diagnosticadas con VIH son de carácter confidencial”. El trabajador, o aspirante, no tenía la obligación de revelarle a esta empresa de telefonía su condición de persona viviendo con el virus.

Por otro lado, no existe razón para que una persona con VIH se le coloque en la lista de personas de alto riesgo frente al Covid-19.

A mediados de marzo, el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH / Sida (ONUSIDA) señaló “no hay pruebas sólidas” que las personas con VIH tengan un mayor riesgo de contraer el nuevo coronavirus.Toda persona diagnosticada y que recibe tratamiento antirretroviral ininterrumpido, puede llevar una vida normal.

En este sentido, también la ley 26626 refuerza este punto al decir que “las personas que viven con VIH y Sida podrán trabajar siempre que se encuentren aptas para desempeñar sus obligaciones”.

Se genera estigma y discriminación

Para Víctor Sotelo, psicólogo y director de la ONG Sí, da Vida, indico que lo establecido por la transnacional crea situaciones de estigma y discriminación, pues se da una una mirada negativa a las poblaciones calificadas “de riesgo”.

Victor Sotelo, director de Sí, da Vida


“Tenemos que generar estrategias para mirar a futuro y no solo limitarnos a esa seudo consigna de que ‘los excluimos para protegerlos’. En situaciones como esta cuarentena, se deben mantener aún más lo vínculos sociales (familia, trabajo, mejora de la economía). Estamos regresando a las épocas donde la medicina era el decisor de las relaciones humanas y sociales”, advirtió.

Además, recomendó a las empresas que, antes de decidir excluir a ciertos grupos en sus protocolos sanitarios, se debe consultar estas decisiones con profesionales del ámbito social para evaluar su impacto en estos grupos de personas.

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