Composición - Conexión Vida

Autoridades del hospital de la PNP retiraron gigantografía y dijeron que se trataba de un error involuntario, pese a que existe una ley que protege los derechos de los pacientes y usuarios de los servicios de salud

Escribe: Marlon Castillo / Conexión Vida 

Lima, Perú.- Una ingrata sorpresa, se llevaron los familiares de una paciente que se encuentra en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) del hospital de la Policía Luis N. Sáenz, al ver que en el banner de ingreso al nosocomio estaba la fotografía de su familiar, anunciando el XLI aniversario de UCI.

Kely Neyra, hija de la usuaria, dijo a Conexión Vida que no dieron autorización para el uso de la fotografía y que al quejarse por redes sociales, el hospital procedió a quitar la gigantografía y a indicar que fue un error involuntario.

La reglamentación de la  Ley N° 29414, establece derechos a usuarios de los servicios de salud

No hay respeto a un ser humano“, se lee en un post publicado por la periodista Consuelo Alonzo que relató el caso.

En tanto, la familia tendrá una reunión por la tarde con las autoridades del hospital de la Policía para conocer una versión oficial de lo ocurrido en este caso. “Nos han pedido disculpas, y como a las 10 de la mañana sacaron el banner”, dijo Neyra.

 

Además se denunció que en el hospital recetan medicamentos en exceso, tras señalar que le pidieron 70  ampollas de Midazolan de 5 m.g, y ante el reclamo  los médicos redujeron el pedido a 30, cuestionando que pudiera existir anomalías en el servicio.

Violación a la intimidad 

La reglamentación de la  Ley N° 29414, que establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud, es clara en señalar que toda persona usuaria de los servicios de salud, tiene derecho al respeto de su dignidad e intimidad por acción u omisión de ningún tipo.

Carlos Acosta. Superintendente de Susalud

Aquel establecimiento de salud que incumpla la ley, la Superintendencia Nacional de Salud -Susalud – deberá aplicar desde una amonestación escrita hasta la imposición de multas que llegan a las 500 UIT (S/. 1.925.000).

Descarga aquí el Reglamento de la Ley N°29414

Para expertos como Mario Ríos Barrientos de la organizacion Justicia en Salud, se debe tener en consideración las normas que prohíben el uso de fotografías sin autorización y además principios éticos médicos que deberían ser subsanados.

Ríos Barrientos, indica que Susalud, es el llamado a intervenir y sancionar este tipo de vulneración a los derechos a los ciudadanos.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí